IEP y Plan 504: ¿Cuál es la diferencia y cuál es el más adecuado para mi hijo ciego o con baja visión?

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los padres, los profesores y el alumno adolescente se reúnen en torno a una mesa para una reunión del PEI

A medida que los niños con ceguera o baja visión avanzan en la escuela, los padres y los administradores se reúnen periódicamente para revisar los progresos del niño y fijar nuevos objetivos. A veces, sobre todo en el caso de los alumnos de más edad, surge la duda de si siguen siendo necesarios los servicios de educación especial, si el alumno se desenvuelve bien siempre que disponga de adaptaciones básicas como braille, letra grande y/o tecnología de apoyo. En algunos casos, se habla de un plan de la Sección 504 como alternativa a la educación especial.

Las siguientes secciones ayudan a comparar y contrastar los servicios de educación especial y el Plan Educativo Individualizado (PEI) con las protecciones previstas en el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación. Tenga en cuenta que los distintos estados y distritos escolares pueden tener políticas u orientaciones adicionales sobre cómo administrar los IEP y los planes 504; la siguiente información se basa en la legislación federal.

¿Qué leyes prevén las IEPS y los planes 504, y quién las supervisa?

IEP (Individuals with Disabilities Education Act)Ley de Educación de Personas con Discapacidades, modificada en 2004 y supervisada por la U.S. Departamento de Educación: Oficina de Educación Especial y Servicios de Rehabilitación

Plan 504 – Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, en su versión modificada, supervisada por la U.S. Departamento de Educación: Oficina de Derechos Civiles

Nota: Debido a la forma en que está redactada la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), prácticamente cualquier infracción del artículo 504 es también una infracción de la ADA.

¿Cuál es la finalidad de la ley?

IEP – (a) «asegurar que todos los niños con discapacidades tengan a su disposición una educación pública gratuita y apropiada que haga hincapié en la educación especial y los servicios relacionados diseñados para satisfacer sus necesidades únicas y prepararlos para la educación superior, el empleo y la vida independiente; (b) asegurar que los derechos de los niños con discapacidades y los padres de esos niños estén protegidos mediante el apoyo a las actividades de mejora del sistema; la investigación coordinada y la preparación del personal; la asistencia técnica coordinada, la difusión y el apoyo; y el desarrollo de la tecnología y los servicios de medios de comunicación». (Fuente: 20 U.S.C. § 1400(d))

Plan 504 – «Ninguna persona discapacitada que reúna los requisitos necesarios en los Estados Unidos… será excluida, únicamente a causa de su discapacidad, de participar en ningún programa o actividad que reciba ayuda económica federal, ni se le denegarán las ventajas de los mismos, ni será objeto de discriminación.» (Fuente: Sección 504, 29 U.S.C. §794)

¿Quién está protegido?

IEP – Niños desde el nacimiento hasta los 21 años con discapacidades en una de las categorías elegibles cuya discapacidad afecta negativamente a su rendimiento educativo.

Plan 504– Personas con discapacidad a lo largo de su vida, en cualquier tipo de escuela, empleo, programa de salud/bienestar o servicio social.

Personas que reúnen los requisitos para un Plan 504:

  • tener una discapacidad física o mental que limite sustancialmente una o más actividades importantes de la vida;
  • tener antecedentes de una deficiencia de este tipo; o
  • se considera que tienen una deficiencia de este tipo.

Nota: Los alumnos que reúnen los requisitos para un PEI siempre se consideran alumnos con discapacidad y, por lo tanto, están automáticamente protegidos por el artículo 504, aunque no estén designados como beneficiarios de un plan 504. Dado que IDEA garantiza más derechos y protecciones a los alumnos y a los padres que 504, los alumnos con IEP rara vez se ven implicados en impugnaciones o disputas con respecto a la Sección 504. Los alumnos que sólo pueden acogerse al programa 504 son alumnos discapacitados que, con modificaciones razonables, pueden cumplir todos los requisitos del programa.

¿Qué es el proceso de evaluación?

IEP – Los estudiantes reciben una evaluación individualizada completa como parte de la calificación para los servicios de educación especial. El estudiante tiene derecho a evaluaciones posteriores al menos cada tres años.

Plan 504 – «Las escuelas están obligadas a ‘establecer normas y procedimientos’ para la evaluación y la colocación de los alumnos que, debido a una discapacidad, necesitan o se cree que necesitan educación especial o servicios afines, antes de tomar cualquier medida relativa a la colocación inicial en un programa de educación ordinaria o especial y cualquier cambio significativo posterior en la colocación.» (Fuente: http://www.wrightslaw.com/advoc/articles/504_IDEA_Rosenfeld.html). Se exige algún tipo de documentación del cumplimiento de este proceso; sin embargo, la ley no dicta plazos ni procedimientos para realizar las evaluaciones y notificarlas a los padres.

¿Existe un plan educativo escrito para el alumno?

IEP – Sí. Un equipo multidisciplinar, que incluya a los padres/tutores del alumno, debe elaborar un Plan de Educación Individualizado (PEI) por escrito. Los centros escolares deben aplicar legalmente el contenido del PEI.

Plan 504 – La ley obliga a los centros escolares a evitar la discriminación de los alumnos con discapacidad. Sin embargo, el plan para proteger estos derechos puede ser menos formal. No siempre es necesario que conste por escrito.

¿Cómo participan los padres/tutores?

IEP – IDEA incluye disposiciones específicas para proteger los derechos de los padres de niños con discapacidad. Los padres o tutores deben recibir invitaciones a las reuniones del PEI. También reciben notificación previa por escrito de estas reuniones. Además, tienen derechos procesales. Estos derechos son esenciales si quieren presentar una queja o impugnar las recomendaciones del distrito escolar

Plan 504 – Los padres o tutores deben recibir notificaciones sobre el desarrollo del plan 504 de su alumno. Las escuelas deben implantar un sistema de garantías procesales que incluya un proceso imparcial de audiencia y revisión. Aunque las escuelas celebran reuniones anuales, no están legalmente obligadas a invitar a los padres a los debates sobre la colocación, las adaptaciones o las modificaciones de los alumnos.

¿Puede un alumno recibir adaptaciones (como braille o letra grande) y modificaciones (como tareas reducidas) no disponibles para otros alumnos sin discapacidades, si es necesario?

IEP – Sí.

Plan 504 – Sí.

¿Puede un alumno recibir servicios de educación especial (por ejemplo, de un profesor de alumnos con discapacidad visual o TVI)?

IEP – Sí.

Plan 504 – Generalmente no.

¿Garantizará un Plan 504 la plena inclusión de mi hijo?

Ni el estatus de estudiante de «Educación Especial» ni el de estudiante de «504» debería determinar legalmente la ubicación educativa. La educación especial no es un lugar o una colocación específica. Tanto IDEA como el artículo 504 protegen el derecho de los alumnos a recibir una educación en el entorno menos restrictivo. En el marco de un PEI, los padres participan activamente en todas las reuniones del equipo multidisciplinar. También pueden impugnar las decisiones de colocación del distrito escolar a través del proceso debido. En cambio, con arreglo al artículo 504, no es obligatorio invitar a los padres a las conversaciones sobre la colocación de un niño. Aunque los padres tienen derechos procesales y pueden presentar denuncias. (Los distritos escolares individuales pueden optar por seguir procedimientos para los Planes 504 que sean más similares a los exigidos por IDEA, pero la Sección 504 no especifica procedimientos concretos).

¿Qué pasa con mi hijo que no tiene ninguna discapacidad adicional?

¿Un IEP retrasará a mi hijo? ¿Preparará un 504 a mi hijo para el «mundo real»?

Las adaptaciones previstas en la Sección 504 son similares a las que reciben los jóvenes adultos en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act). Esto se aplica en la universidad, el empleo y otros ámbitos. Sin embargo, es importante entender que la educación especial IDEA tiene como objetivo preparar a los alumnos para la educación superior, el empleo y la vida independiente. Esta preparación es crucial para los alumnos con ceguera o baja visión. Los TVI y los E.C.C. desempeñan aquí un papel importante, sobre todo para los que padecen ceguera, baja visión o tienen IEP en educación especial.

Con la 504, los alumnos no tienen garantizadas reuniones de transición ni apoyos. Son cruciales para aprender a gestionar de forma independiente las adaptaciones específicas de la discapacidad. Estas adaptaciones pueden ser necesarias en el lugar de trabajo o para llevar una vida independiente. Es posible que las protecciones previstas en un plan 504 no ofrezcan un seguimiento y una evaluación frecuentes y exhaustivos. Esto es especialmente cierto en el caso de la evaluación y formación en tecnologías de apoyo, aunque los estudiantes con ceguera o baja visión a menudo se benefician de una consideración individualizada de las tecnologías de acceso más apropiadas. Los alumnos y los padres deben ser conscientes de esta importante limitación cuando se planteen pasar a un Plan 504.

Recursos:

Durheim, M. (2010). Guía para padres sobre la Sección 504 en los colegios públicos. Obtenido de http://www.greatschools.org/special-education/legal-rights/868-section-504.gs?page=all

Howey, P. (2012). Pregunta al defensor: Principales diferencias entre la Sección 504 e IDEA. Obtenido de http://www.wrightslaw.com/howey/504.idea.htm

Rosenfeld, S. J. (s.f.). Comparación entre la Sección 504 e IDEA 97. Obtenido de http://www.wrightslaw.com/advoc/articles/504_IDEA_Rosenfeld.html

Skalski, A. K., y Stanek, J. (2010). Sección 504: Guía para padres y educadores. Ayudar a los niños en casa y en la escuela III, 1-5. Obtenido de http://www.nasponline.org/families/documents/35-1_S8-35_section_504.pdf

Wright, P., y Wright, P. (2008). Principales diferencias entre la Sección 504, la ADA y la Ley de Educación de Personas con Discapacidad (IDEA). Obtenido de http://www.wrightslaw.com/info/sec504.summ.rights.htm